Funcionalidades

Recursos

VeriFactu 2027

Obligados VeriFactu,calendario completo 2025-2027.

Todo lo que necesitas saber sobre quién debe cumplir la normativa, desde cuándo y qué pasa si no lo haces. Actualizado al aplazamiento del RD-ley 15/2025.

Atención: fechas actualizadas

El RD-ley 15/2025 (BOE 3/12/2025) aplazó un año las fechas originales. Si lees artículos que dicen "obligatorio en 2026", están desactualizados. Las fechas vigentes son 1 de enero de 2027 (sociedades) y 1 de julio de 2027 (autónomos).

Calendario completo

Todas las fechas clave

  1. Normativa

    Orden HAC/1177/2024

    Publicación de los requisitos técnicos, formato XML y especificaciones del hash SHA-256 y QR obligatorio.

    17 octubre 2024

  2. Fabricantes

    Fabricantes de software

    Todo software de facturación comercializado debe cumplir los requisitos VeriFactu desde esta fecha.

    29 julio 2025

  3. Aplazamiento

    RD-ley 15/2025 (BOE)

    Segunda prórroga: aplaza un año más la obligación para sociedades y autónomos.

    3 diciembre 2025

  4. Obligatorio

    Sociedades (IS)

    Obligatorio para todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades (SL, SA, cooperativas con actividad económica).

    1 enero 2027

  5. Obligatorio

    Autónomos y personas físicas

    Obligatorio para autónomos, profesionales y resto de contribuyentes de IRPF que emitan facturas.

    1 julio 2027

Quién está obligado

Sujetos obligados a VeriFactu

Sociedades mercantiles

SL, SA, comanditarias, cooperativas con actividad económica y grupos no acogidos a SII.

Autónomos y profesionales

Personas físicas que emitan facturas y tributen en IRPF por actividades económicas.

Fabricantes de software

Empresas que producen, comercializan o usan sistemas de facturación en España.

Recargo de equivalencia (B2B)

Comerciantes minoristas que emitan facturas a otros empresarios o profesionales.

Quién está exento

Exenciones y casos especiales

  • Contribuyentes en SII

    Grandes empresas, grupos de IVA, inscritos en REDEME (art. 3.3 RD 1007/2023).

  • País Vasco (Bizkaia, Gipuzkoa, Álava) y Navarra

    Ya tienen TicketBAI implantado como sistema equivalente.

  • Régimen simplificado sin obligación de facturar

    Módulos que no emiten factura (excepto operaciones B2B puntuales).

  • Régimen especial de agricultura (REAGP)

    Exentos si no emiten facturas según normativa general.

Las exenciones están reguladas en el art. 3 del RD 1007/2023. FAQ oficial AEAT →

Sanciones

Multas por incumplimiento

Establecidas por el art. 201 bis de la Ley General Tributaria (introducido por la Ley 11/2021 Antifraude).

SujetoImporteDetalle
Usuario final (autónomo / sociedad)Hasta 50.000 € /ejercicioPor uso de software no adaptado. Sanción fija, no requiere prueba de fraude.
Fabricante de softwareHasta 150.000 € /ejercicioPor comercializar sistemas no adaptados.
Por ejemplar sin declaración1.000 € /copiaCada sistema producido sin declaración responsable al AEAT.
Dos sistemas válidos

VeriFactu vs Sistema No Verificable (SNV)

VERIFACTURecomendado
  • Envío en tiempo real a la AEAT
  • AEAT custodia los registros
  • No se realizan auditorías (ya tienen los datos)
  • Marca "VERI*FACTU" + QR obligatorio
SNVAlternativa válida
  • No se envía a AEAT, se auditan los registros
  • Obligado custodia ≥ 4 años
  • AEAT puede solicitar libros en cualquier momento
  • Mismos requisitos técnicos (hash, firma, QR)
FAQ

Preguntas frecuentes sobre obligados y plazos

Tras el RD-ley 15/2025 (BOE del 3 de diciembre de 2025), las fechas definitivas son el 1 de enero de 2027 para sociedades mercantiles y el 1 de julio de 2027 para autónomos y personas físicas. Los fabricantes de software ya están obligados desde el 29 de julio de 2025.
← Volver a la guía VeriFactu

Cumple desde hoy

Nedaxe ya cumple VeriFactu. Tú sólo factura.

Generamos el hash SHA-256, el registro encadenado, el QR y el envío a la AEAT en tiempo real. Sin configuración, sin fricción.